PROVEEDOR
Términos y condiciones
1. Entrada
Este documento recoge las condiciones generales de entrega del proveedor a Röshults.
2. Objeto de compra
Exclusivo, tal y como se describe con más detalle en el presente acuerdo.
3. Entrega
4.1 Alcance del suministro
El Vendedor transfiere al Comprador el objeto de la Compra especificado en la Orden de compra y las condiciones de entrega, de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el presente Acuerdo.
4.2 Cancelación
El comprador puede solicitar entregas adicionales del objeto de compra especificado. Dicha solicitud deberá especificar el alcance y el plazo de entrega. El vendedor responderá a dicha solicitud en un plazo de 3 días hábiles.
4.3 Plazo de entrega
La entrega del objeto de compra se efectuará de conformidad con la orden de compra.
4.4 Condiciones de entrega
El objeto de la compra se entregará DAP en Röshults INCOTERMS 2020).
4.5 Documentación y planos
Las partes proporcionarán planos y otra documentación relacionada con los Productos. La documentación (independientemente del medio) proporcionada en virtud del presente Acuerdo seguirá siendo propiedad de la parte suministradora y no podrá copiarse, comunicarse a terceros ni utilizarse para fines distintos de la instalación, el funcionamiento y el mantenimiento del Equipo sin autorización por escrito.
4.6 Subcontratistas
El vendedor no está autorizado a recurrir a subcontratistas para la fabricación o el montaje del objeto de compra sin el consentimiento por escrito del comprador.
5. Prueba de entrega
Se realizará una prueba de entrega (DT) en el lugar de fabricación durante el horario laboral habitual, de conformidad con la documentación.
El objetivo de la prueba es verificar que el objeto de compra cumple en todos los aspectos con los requisitos técnicos acordados.
El vendedor informará al comprador sobre la prueba de aceptación al menos 5 días antes de la fecha prevista para la misma y al menos 2 días antes de la entrega del objeto de compra. Las partes elaborarán conjuntamente un informe de prueba relativo a la prueba de aceptación. El comprador tiene derecho a llevar a cualquier asesor a la prueba de aceptación o a estar representado por cualquier representante.
Si la DT muestra que el objeto de compra no cumple con los requisitos técnicos del Acuerdo, el Vendedor deberá rectificar cualquier deficiencia para garantizar el cumplimiento del Acuerdo, tras lo cual se llevará a cabo una nueva DT.
Cada parte correrá con sus propios gastos relacionados con el DT.
Los resultados del DT no afectan a la responsabilidad del vendedor por los defectos del objeto de compra.
6. Entrega tardía
El Comprador ha informado al Vendedor sobre la importancia de que el objeto de la Compra se entregue a tiempo. En caso de retraso en la entrega superior a 10 días, el Comprador tendrá derecho a rescindir el presente contrato. Independientemente de que se rescinda o no el contrato, el Vendedor será estrictamente responsable de pagar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos por el Comprador a causa del retraso en la entrega.
7. Precio
El precio total del objeto de compra se ajusta a lo establecido en la orden de compra. El precio es fijo y no incluye el impuesto sobre el valor añadido.
7.1 Pago
El precio contratado se pagará en efectivo a más tardar en la fecha acordada en la orden de compra, tras la recepción de la factura del vendedor en la cuenta bancaria indicada en dicha factura.
8. Cancelación
El Comprador tendrá derecho a cancelar la venta del objeto de la Compra en el momento de la entrega o antes. En caso de dicha cancelación, el Comprador deberá pagar una indemnización al Vendedor por los gastos en que haya incurrido este último.
9. Confidencialidad
Las partes no revelarán los secretos comerciales de la otra parte durante la vigencia del acuerdo y durante un período de tres años después de su terminación. Las partes tomarán todas las precauciones necesarias que sean razonablemente calculadas para evitar la divulgación o el uso no autorizado de dichos secretos comerciales por parte de los empleados.
10. Inspección
El Comprador o su representante tienen derecho a inspeccionar la fabricación del objeto de la Compra en los talleres del Vendedor o en cualquier otro lugar donde se lleve a cabo la fabricación. El Comprador informará al Vendedor sobre la hora de la inspección al menos 1 día antes de cada visita. En dichas inspecciones, el Comprador tiene derecho a traer cualquier asesor o a estar representado por cualquier representante. El Vendedor asistirá a las inspecciones y proporcionará toda la información requerida por el Comprador.
Cada parte correrá con los gastos que le correspondan en relación con las inspecciones.
La inspección realizada por el Comprador no afectará a la responsabilidad del Vendedor por defectos.
11. Responsabilidad por defectos
El Comprador ha informado al Vendedor de que es importante que el objeto de la Compra funcione a la perfección y que pueda utilizarse de la manera prevista por el Comprador.
El Vendedor garantiza que el objeto de la compra no presenta defectos, lo que significa, entre otras cosas, que el objeto de la compra puede utilizarse en todos los aspectos de la forma prevista por el Comprador. En cuanto al funcionamiento y el rendimiento, el Vendedor también garantiza lo siguiente: 5 años a partir de la fecha de entrega.
Los defectos serán subsanados sin demora por el Vendedor y sin coste alguno para el Comprador. El Comprador tendrá derecho, por sí mismo o a través de un tercero de su elección, a subsanar el defecto por cuenta y riesgo del Vendedor si este incumple su obligación de subsanarlo o si el Comprador no puede esperar razonablemente a que el Vendedor lo subsane.
Si el defecto persiste 5 días después de que el vendedor haya tenido conocimiento del mismo, el comprador tendrá derecho a rescindir el contrato o a solicitar una reducción del precio equivalente al defecto o la deficiencia.
Independientemente de si se rescinde o no el contrato, el vendedor es estrictamente responsable de los daños y perjuicios causados al comprador por un defecto en el objeto de la compra.
Los denominados defectos de propiedad intelectual se rigen por la disposición «Infracción de los derechos de terceros».
12. Infracciones de los derechos de terceros
El vendedor garantiza que el objeto de la compra o cualquier parte del mismo no infringe los derechos de terceros.
El Vendedor se compromete por la presente a indemnizar al Comprador por cualquier compensación y daños y perjuicios que el Comprador se haya visto obligado a pagar mediante acuerdo o sentencia por infracción de los derechos de propiedad intelectual derivados del uso por parte del Comprador del objeto de la Compra.
En caso de que un tercero reclame una infracción, el Comprador informará al Vendedor al respecto y el Vendedor, a petición del Comprador y a su propio cargo, se hará cargo de la disputa y llevará adelante el caso en nombre del Comprador, y a su propio cargo garantizará al Comprador el derecho a seguir utilizando el objeto de la Compra o sustituirá la parte objeto de la disputa por una parte que se ajuste a las especificaciones contratadas. Si es posible continuar utilizando el objeto de la compra durante la disputa, el vendedor proporcionará una garantía por las pérdidas en que pueda incurrir el comprador a causa de la infracción reclamada.
El Comprador tendrá derecho a rescindir el presente contrato si el Vendedor no subsana un defecto de propiedad intelectual en un plazo razonable a partir del momento en que el Vendedor haya recibido la notificación del Comprador de que un tercero ha reclamado una infracción.
Además de la indemnización por las sumas que el Comprador se haya visto obligado a pagar a un tercero, el Comprador tendrá derecho a una indemnización por cualquier otra pérdida debida a un defecto de propiedad intelectual.
El derecho del Comprador a reclamar una indemnización por defectos relacionados con la propiedad intelectual prescribirá a los 3 años de la fecha de celebración del contrato.
13. Daños causados por el objeto de compra
El vendedor será responsable de todos los daños personales o materiales causados por el objeto de compra, independientemente de si el vendedor ha actuado con negligencia o no.
El vendedor ha contratado un seguro de responsabilidad civil por productos defectuosos. El vendedor se compromete a mantener dicho seguro en todo momento.
14. Incumplimiento del contrato por parte del comprador, intereses de demora, etc.
En caso de retraso en el pago, se aplicarán intereses de demora a un tipo de interés conforme a la Ley sueca sobre intereses.
El Vendedor tendrá derecho a rescindir el contrato si el Comprador incumple de manera sustancial el contrato y no subsana dicho incumplimiento en un plazo de 30 días tras la reclamación por escrito. Se considerará que existe un incumplimiento sustancial si dicho incumplimiento es de importancia fundamental para el Vendedor y el Comprador era consciente o debería haber sido consciente de ello.
Si se rescinde la compra, el vendedor tendrá derecho a una indemnización por daños y perjuicios correspondiente al apéndice 4. La indemnización por pérdidas indirectas, como el lucro cesante, solo se pagará si el comprador ha actuado con negligencia grave.
15. Fuerza mayor
Las partes quedarán exentas de responsabilidad por el incumplimiento de cualquier obligación en virtud del presente Acuerdo si dicho incumplimiento se debe a una circunstancia («motivo de exención») que
1. está fuera del control de una de las partes;
2. impide su ejecución; y
3. no podían preverse cuando se celebró el acuerdo.
Tan pronto como cese el impedimento, la obligación se cumplirá de conformidad con las disposiciones del Acuerdo. Se considerarán motivos de exención: guerras, actos de guerra, actos u omisiones de las autoridades, conflictos en el mercado laboral, legislación nueva o modificada, restricciones monetarias y circunstancias similares.
La parte que desee acogerse a las disposiciones anteriores deberá notificarlo sin demora a la otra parte.
Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, cualquiera de las partes tendrá derecho a rescindir el contrato si el cumplimiento de una obligación esencial se retrasa más de tres meses.
16. Limitación de responsabilidad
Ninguna de las partes será responsable de las pérdidas indirectas sufridas por la otra parte, salvo que se haya demostrado que ha incurrido en negligencia grave. El término «pérdidas indirectas» se interpretará de conformidad con la Ley sueca de venta de bienes.
17. Avisos y lenguaje
Cualquier notificación, solicitud, consentimiento y otra comunicación que deba realizar una de las partes en virtud del presente Acuerdo (en lo sucesivo, «Notificación») se redactará en inglés y se considerará válida y efectiva si se entrega personalmente a la otra parte o se envía por correo aéreo certificado prepagado, por correo electrónico o por fax a las direcciones indicadas en el preámbulo.
Se considerará que una notificación ha sido entregada:
1. en el caso de la notificación personal: en el momento de la notificación;
2. en el caso del correo certificado prepagado: a más tardar 3 días después de la fecha de envío;
3. en el caso del correo electrónico: en la fecha en que se envíe un correo electrónico con acuse de recibo; y
4. en el caso de los faxes: en la fecha en que se envíe el fax, siempre que la otra parte confirme su recepción.
Los cambios de domicilio deben notificarse según lo establecido en esta disposición.
18. Modificaciones
Solo serán válidas aquellas modificaciones y adiciones al presente contrato que se realicen por escrito y estén firmadas por las partes.
19. Acuerdo completo
El contenido del presente acuerdo y sus anexos sustituirá a todos los compromisos y acuerdos anteriores, tanto escritos como verbales.
20. Rescisión del contrato
El presente acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha de su firma. Cualquiera de las partes podrá rescindirlo por escrito con un preaviso de seis meses.
21. Normas legales aplicables
El presente acuerdo se regirá, en el orden que se indica a continuación, por
- 1. Ley sueca sobre la venta de bienes (1990:931)
- 2. Legislación sueca